El artículo primero establece » la percepción del incentivo otorgado a la población destinataria del «Programa Progresar, creado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 84 del 23 de enero de 2014 resulta compatible con el ingreso y la permanencia de los mismos como titulares en el «Potenciar Trabajo» y la percepción del Salario Social Complementario a partir del 1° de 1° de agosto de 2022″.
Entre los considerandos de la resolución se indica que «en el marco del proceso reordenamiento y mejora continua del Potenciar Trabajo», a través de tareas de supervisión se observó la necesidad de clarificar la compatibilidad de ambos programas, toda vez que el «Progresar» se encuentra destinado a promover la finalización de los estudios obligatorios, el inicio de la formación profesional o la educación superior, mientras que el «Potenciar Trabajo» se orienta a contribuir al mejoramiento de la empleabilidad y la generación de nuevas propuestas productivas a través de la formación laboral y la certificación de competencias».

«Esta decisión se sustenta además en evaluaciones técnicas y profesionales, las cuales incluyeron el relevamiento de información con jóvenes y referentes de organizaciones territoriales, autoridades gubernamentales y religiosas que permitieron evaluar con otra perspectiva las situaciones de las y los jóvenes», precisa el texto.
